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LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE

Artículo 74.- Los sujetos obligados deberán mantener actualizada, por lo menos cada tres meses, la información para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia, salvo que la Ley General, la presente Ley y otras disposiciones normativas establezcan un plazo diverso.

La publicación de la información deberá indicar el sujeto obligado encargado de generarla, así como fecha de su última actualización.

Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objetos social, según corresponda la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

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Dirección general
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Administración y Finanzas
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Transparencia
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Coordinación de vinculación educativa y voluntariado
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Coordinación de asistencia social, área médica y discapacidad
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Coordinación de asistencia alimentaria comunitaria y del adulto mayor
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Coordinación de procuradoría auxiliar de protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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Coordinación de promoción y difusión de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes